Como continuación a nuestra anterior entrada sobre el mismo asunto, reproducimos nuevo artículo en Cinco Días donde se anuncia la puesta en marcha de inspecciones. Al pie de la entrada encontraréis el enlace al artículo.
La
Inspección de Trabajo ha puesto en marcha una campaña de control de jornada y horas extraordinarias,
con el objetivo de comprobar si existe o no exceso de trabajo por parte de los empleados
de las pymes.
Según
la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, las empresas deben llevar
un registro diario de la jornada laboral,
tanto para los contratos a tiempo parcial, como a tiempo completo,
independientemente de si se hacen o no horas extraordinarias. Dicho registro
puede ser manual, a través de cualquier sistema de fichaje, o electrónico, en
cuyo caso los inspectores podrán requerir al empresario la impresión del
registro de un determinado periodo.
Para llevar el registro
laboral no existe un modelo establecido obligatorio, aunque lo más recomendable
es utilizar el que han puesto en circulación desde la Inspección de Trabajo. El
modelo debe reflejar la jornada diaria, detallando la hora de entrada y de
salida diaria de cada trabajador.