domingo, 22 de noviembre de 2015
ASESORES SIN CORBATA: UN PLAN AHORRO 5 DIFERENTE
ASESORES SIN CORBATA: UN PLAN AHORRO 5 DIFERENTE: EL EQUILIBRIO QUE BUSCAMOS EN NUESTRA INVERSIÓN Hoy acabamos la serie de entradas iniciada el pasado día 6 sobre los Planes Ahorro 5 (...
martes, 17 de noviembre de 2015
¿AUTÓNOMO O SOCIEDAD?
¿Cuándo
debemos los autónomos contemplar la opción de cambiar a sociedad nuestra labor
profesional? Entre los 45.000 y 50.000 euros anuales de
facturación se estima empieza a resultar rentable dicho cambio.
Los autónomos tributamos por tramos en el RETA, pagando en
función de los beneficios que obtenemos, mientras que una compañía cuenta
con una fiscalidad fija. Es por ello que, con unos ingresos más elevados compensa
la opción de crear una sociedad.
Puede
parecer lo mismo ser autónomo que empresario, pero en la práctica existen
diferencias reseñables, sobre todo en lo que se refiere al ámbito
de gestión y fiscalidad. Ambas opciones son válidas para realizar una
actividad empresarial, pero debemos elegir en función del tipo de actividad que
desarrollemos y del volumen de negocio.
Los
autónomos hemos de registrarnos en el Régimen Especial de Trabajadores
Autónomos (RETA) para desempeñar nuestra labor profesional de una manera legal.
En función de cómo marche el negocio podremos plantearnos la posibilidad de crear una sociedad. Entre los beneficios que
podemos encontrar están una menor tributación y la posibilidad de crear una infraestructura
para poder crecer.
¡Atención a
la responsabilidad!
Para tomar
la decisión, debemos valorar la fiscalidad, como comentábamos antes, pero
también la responsabilidad. En caso de impagos a terceros la forma de
hacer frente a esas deudas es distinta:
- Los autónomos respondemos con nuestro patrimonio personal, que puede ampliarse a los cónyuges en caso de los matrimonios con régimen de bienes gananciales.
- En las sociedades se realiza distinción entre el patrimonio individual y el social. Los socios deberán hacer frente a las deudas con el dinero que haya aportado cada uno
domingo, 15 de noviembre de 2015
ASESORES SIN CORBATA: APORTACIÓN AL PLAN DE PENSIONES
ASESORES SIN CORBATA: APORTACIÓN AL PLAN DE PENSIONES: Aportar a nuestro plan a finales de 2015 en lugar de en 2016 nos permitirá retirar las cantidades aportadas antes y obtener una mayor re...
sábado, 14 de noviembre de 2015
ASESORES SIN CORBATA: PLANES DE AHORRO 5 - CONSEJOS
ASESORES SIN CORBATA: PLANES DE AHORRO 5 - CONSEJOS: Si finalmente nos decidimos a contratar un plan de Ahorro 5, es conveniente tener en cuenta los siguientes consejos: 1. Comparar los di...
CONTABILIDAD Y PAPELEO: LLEVAR AL DÍA EL REGISTRO DE FACTURAS
CONTABILIDAD Y PAPELEO: LLEVAR AL DÍA EL REGISTRO DE FACTURAS: Consejos legales para que el autónomo lleve al día el registro de facturas ¿Qué registros debe llevar al día el autónomo? Los contri...
martes, 10 de noviembre de 2015
ASESORES SIN CORBATA: ¿ES POSIBLE CONSEGUIR UN CRÉDITO SIN CONTRATAR SEG...
ASESORES SIN CORBATA: ¿ES POSIBLE CONSEGUIR UN CRÉDITO SIN CONTRATAR SEG...: Por su interés seguidamente facilitamos un extracto del artículo publicado hoy en Cinco Días, así como el enlace a dicho artículo. ...
domingo, 8 de noviembre de 2015
ASESORES SIN CORBATA: LA MÁQUINA DEL DINERO
ASESORES SIN CORBATA: LA MÁQUINA DEL DINERO: Imaginemos que, de forma legal, tuviésemos una máquina que nos permitiera fabricar el dinero que necesitamos para cubrir nuestras necesi...
jueves, 5 de noviembre de 2015
FACTURA SIMPLIFICADA, REQUISITOS PARA SU DEDUCCIÓN
El autónomo tiene el derecho a pedir la deducción de facturas simplificadas que repercuten al IVA soportado de cualquier compra. Para que esta operación sea posible, es necesario que el emisor haga constar en la factura simplificada una serie de detalles.
Uno de ellos es el N.I.F. y el domicilio del destinatario de la factura, Así como desglosar la cuota tributaria repercutida, consignándola por separado.
Pero para poder deducir una factura simplificada es necesario también incluir otros puntos relevantes como son:
miércoles, 4 de noviembre de 2015
ASESORES SIN CORBATA: FISCALIDAD DE LOS PLANES DE PENSIONES
ASESORES SIN CORBATA: FISCALIDAD DE LOS PLANES DE PENSIONES: Los planes de pensiones son una "cosa rara" dentro de los productos financieros por su trato fiscal especial . C uando...
domingo, 1 de noviembre de 2015
CONTABILIDAD Y PAPELEO: OBLIGACIONES DEL AUTÓNOMO PARA CONSERVAR SUS FACTU...
CONTABILIDAD Y PAPELEO: OBLIGACIONES DEL AUTÓNOMO PARA CONSERVAR SUS FACTU...: Los autónomos tienen una serie de obligaciones a la hora de realizar sus declaraciones de la renta y el IVA . Entre ellas destaca l...
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